Las peluquerías y los centros de uñas tienen una mezcla particular de situaciones que las apps de fichaje genéricas no resuelven bien: turnos partidos, profesionales colaboradores que entran y salen, citas que se cancelan y huecos muertos donde técnicamente sigue habiendo personal disponible. Esta guía explica cómo se lleva el registro horario en un salón real, cumpliendo el RD-Ley 8/2019 y dejando todo listo para Inspección de Trabajo sin papeleo.
Qué exige la ley en una peluquería pequeña
El art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a registrar la hora concreta de inicio y de fin de jornada de cada persona trabajadora desde el primer empleado. No importa que tengas una sola peluquera contratada y que tú seas autónoma: si hay un contrato laboral, hay registro horario obligatorio. Esto incluye:
- Empleadas a jornada completa con turno partido (mañana y tarde).
- Empleadas a tiempo parcial con horario fijo (típico para uñas).
- Aprendices o personas en contrato de formación.
- Becarios remunerados con horario controlado por la empresa.
No incluye a profesionales realmente autónomos que alquilan silla y facturan al cliente directamente — esos no son asalariados, son empresas independientes que comparten local. Si la relación es realmente laboral disfrazada de autónomo, Inspección lo recalifica y entonces sí hay obligación de registrarlos (y otras consecuencias mayores).
Turno partido: cómo se registra
Lo más común en peluquería es el turno partido tipo 10:00-14:00 y 16:30-20:00. La ley considera dos jornadas separadas en el mismo día, con descanso entre medias. El registro debe reflejar exactamente las cuatro marcas: entrada mañana, salida mañana, entrada tarde, salida tarde. Si solo registras "8 horas el martes", no cumples — necesitas las horas concretas.
Esto importa cuando llega Inspección porque permite verificar que existe el descanso mínimo entre jornadas (12 horas continuadas entre el final de una y el inicio de la siguiente, art. 34.3 ET) y que no se incumple la jornada máxima diaria (9 horas, salvo pacto en convenio).
Ausencias por cita cancelada
Una particularidad real del sector: la empleada está en el salón, su puesto operativo, pero la cliente de las 16:30 no aparece y hasta las 17:30 no hay otra. Esa hora ¿se registra como trabajada?
Sí. Si la persona está a disposición del empresario en el centro de trabajo, es tiempo de trabajo a todos los efectos (art. 34.5 ET). Aunque no esté cortando pelo en ese momento, sigue bajo la disponibilidad de la empresa. Solo no contaría si la empresaria autoriza expresamente salir del centro y la empleada se marcha durante ese hueco — entonces sí ficharía salida y entrada, como dos jornadas distintas.
Plantilla pre-configurada de Horario Digital
Cuando das de alta tu peluquería en Horario Digital, el sistema aplica por defecto una plantilla pensada para el sector:
- Tipos de jornada: jornada completa partida (40h semanales), parcial mañanas (20h), parcial tardes (20h), refuerzo sábados (8h).
- Horario base sugerido: 10:00-14:00 y 16:30-20:00 de lunes a viernes, sábados 10:00-14:00. Cada empleada puede tener el suyo distinto.
- Marcas requeridas: 4 por día partido, 2 por día continuo. La app rechaza un cierre de día con marcas impares.
- Informe mensual: PDF firmado con todas las jornadas y hash de verificación, listo para entregar a la gestoría y a Inspección si la piden.
Profesionales que comparten el local
Si alquilas sillas a peluqueras autónomas reales (cada una con su alta como autónoma y su facturación al cliente), no las registras en tu sistema laboral. Pero conviene tener documentado el contrato de alquiler de espacio y, para evitar recalificaciones por Inspección, separar bien los espacios:
- La autónoma tiene su propio TPV / cobra ella al cliente.
- No hay horario impuesto por ti (ella decide cuándo trabaja).
- No hay obligación de exclusividad (puede trabajar en otros sitios).
- Asume riesgos del negocio (compra sus materiales, paga por silla).
Si alguno de estos puntos falla, Inspección puede entender que es una empleada disfrazada. Entonces, además de la sanción por falsa autonomía, te exige el registro horario retroactivo y las cotizaciones omitidas.
Sanciones realistas en el sector
Las multas LISOS por incumplir registro horario van de 751 € a 7.500 € por empresa según gravedad. En peluquerías la Inspección suele detectar tres patrones:
- No tener registro de las personas asalariadas (la dueña ficha "a ojo"). Multa típica grado mínimo: 751-1.500 €.
- Registrar solo entrada y salida totales, sin el partido. Esto se considera registro insuficiente: 1.500-3.750 €.
- Falsa autonomía con peluqueras dadas de alta como autónomas pero con horario y materiales puestos por la empresaria. Multas mucho mayores por encadenamiento de infracciones.
Coste real del cumplimiento
Si tienes 1 sola empleada asalariada, con Horario Digital el coste es 0 € al mes (plan gratis para 1 trabajador, para siempre). A partir de la 2ª empleada, el plan starter cubre hasta 10 empleadas por menos de lo que sale a la dueña multar una vez. Para comparar opciones del sector consulta nuestra comparativa de apps de fichaje.
Pasos para empezar hoy
- Da de alta a cada persona trabajadora en el sistema (correo propio, no compartas el de la dueña).
- Configura su tipo de jornada y horario habitual. La app sugiere valores típicos del sector.
- Comparte con cada empleada su enlace de fichaje (uno por persona, sin app que instalar).
- Establece la rutina: cada empleada ficha al entrar/salir, tanto mañana como tarde. 2 segundos por marca.
- El día 1 de cada mes descargas el PDF firmado del mes anterior y lo mandas a tu gestoría.
Si tienes dudas con el convenio (Estatuto de Trabajadores y convenio provincial de peluquerías), Horario Digital aplica las reglas de jornada máxima y descansos por defecto y te avisa si el horario configurado para alguien las incumple.
